viernes, 17 de febrero de 2017

PASOS A SEGUIR PARA DISOLVER UN CONCUBINATO.



Se le llama concubinato al acuerdo voluntario de un hombre y una mujer para convivir en pareja, mientras estos permanezcan un mínimo de dos años juntos.
Para que la Ley Orgánica respalde este tipo de relaciones es necesario registrar la unión en la jefatura civil que expide una constancia de convivencia que facilitará los trámites de adquisición de bienes. Asimismo, el registroservirá para comprobar la existencia de la relación y en el caso del fallecimiento de una de las partes, poder reclamar la herencia.
En el caso de una ruptura, si se logra probar la unión, la división del patrimonio se realizará de igual manera que en el matrimonio, es decir, que se debe realizar una división de los bienes comunes en un 50 y 50. En cuanto a los bienes propios, la plusvalía se dividirá si el bien se obtuvo antes de la relación.
La unión del concubinato puede quedar disuelta en cualquier momento que las partes lo deseen.
Estos son los pasos a seguir:
Es importante que sepan que sólo se disuelven los concubinatos establecidos a partir del año 2010, pues fue desde ese momento que los cambios en la ley permitieron que está unión conservara vigencia.
La decisión debe ser de mutuo acuerdo y se puede ejecutar en cualquier momento, ya sea que lleven variosaños como concubinos o solo unas semanas.
Este procedimiento es gratuito y lo primero que debe hacer es ubicar el acta de Unión de Hecho que le entregaron el día que formalizó su relación de pareja.
Acuda al Registro Civil de su parroquia. El mismo en el que formalizó el trámite anterior.
Debe presentarse a las 7: 00 de la mañana para que logre ser atendido.
No es necesario que vayan juntos, con que se presente alguno de los dos involucrados con el acta y la copia de su cédula es suficiente.
En el registro levantarán un nuevo documento legal en el que se especifique la razón de la ruptura y quede sentado el procedimiento.
Le harán entrega de dos copias del acta: una para quien realizó el trámite y otra que obligatoriamente debe recibir la otra persona involucrada ( ex-pareja).

COMO CREAR TU PROPIA EMPRESA.



El tiempo Aproximado para la creación de su empresa es de 7 días útiles, en la práctica por la burocracia del Perú la creación demora entre 10 y 15 días. Recomendamos que tenga asesoría, ya que de esta constitución depende el futuro de su empresa. 

CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS

A continuación detallamos los PASOS PARA LA FORMALIZACION DE UNA EMPRESA:

Paso 1. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en Registros Públicos

En primer lugar necesitamos un nombre para la empresa que deseamos crear, no puede ser nombres de empresas ya creadas, debemos acudir a la Oficina de Registros Públicos, en este caso la SUNARP, y verificar que no exista en el mercado un nombre o razón social igual al que queremos para nuestra empresa. Vamos a tener que llenar los formularios respectivos y luego tenemos que hacer la RESERVA DE NOMBRE DE EMPRESA.

Paso 2. Elaboración de la minuta

La minuta es un documento en el cual los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos.

La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta.

Los elementos fundamentales de una minuta son:
Los generales de ley de cada socio (sus datos personales, nombres, edades, documentos de identificación, etc.).
El giro de la sociedad.
El tipo de empresa o sociedad (E.I.R.L, S.R.L, S.A, etc.).
El tiempo de duración de la sociedad (plazo fijo o indeterminado).
La fecha en la que se va a dar inicio a las actividades comerciales.
El lugar en donde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial).
La denominación o razón social de la sociedad.
El lugar en donde van a funcionar las agencias o sucursales (si es que las hubieran).
La persona que va a administrar o representar la sociedad.
Los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser:
bienes dinerarios: dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, letras de cambios, etc.
bienes no dinerarios: inmuebles o muebles tales como escritorios, mesas, sillas, etc.
otros acuerdos que establezcan los socios.

Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza.

Paso 3. Elevar minuta a escritura pública (PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA)

Una vez redactada la minuta, debemos llevarla a una notaría para que un notario público la revise y la eleve a escritura pública.

Por lo general, los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:
la constancia o el comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
un inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.
el certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos de la inexistencia de una razón social igual o similar.

Una vez elevada la minuta, ésta no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que la minuta es legal, la cual debe estar firmada y sellada por el notario.

Paso 4. Inscribir Escritura Pública en Registros Públicos (PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA)

Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Oficina de Registros Públicos en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa en los Registros Públicos.

La Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos.

Paso 5. Obtención del número de RUC

El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es lo que identifica a una persona o empresa ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para el pago de los impuestos.

Toda Persona Natural o Jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de lo contrario será sancionada de acuerdo con el Código Tributario, igual que los inscritos en el RUC que no presenten la declaración.

Paso 6. Elegir régimen tributario

En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención del RUC, debemos determinar a qué régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General.

Una vez que contamos con nuestro número de RUC y hemos elegido un régimen tributario, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar.

Paso 7. Comprar y legalizar libros contables (PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA)

En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen tributario al cual nos hayamos acogido y, posteriormente, los llevamos a una notaría para que sean legalizados por un notario público.

Paso 8. Inscribir trabajadores en EsSalud

En este paso registramos a nuestros trabajadores ante el Seguro Social de Salud (EsSalud) a través de un formulario que podemos obtener en la misma SUNAT.

Este registro le permite a los trabajadores acceder a las prestaciones que otorga dicha entidad.

Paso 9. Solicitud de licencia municipal

En este paso acudimos a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicada físicamente nuestra empresa, y tramitamos la obtención de la licencia de funcionamiento.

Por lo general, los documentos que debemos presentar son:
  • Una fotocopia del RUC.
  • El certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, zona residencial, etc.).
  • Un croquis de la ubicación de la empresa.
  • Una copia del contrato de alquiler o del título de propiedad del local.
  • Una copia de la Escritura Pública.
  • El recibo de pago por derecho de licencia.
  • El formulario de solicitud.
Si necesita usted, asesoría con un abogado especialista en constitución de empresas.

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